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Atrás Imposto sobre actividades económicas (IAE)

Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE)

Exenciones / No sujecciones
  • Están exentas en el pago de este impuesto:
    • Las personas físicas (profesionales, artistas...).
    • Las personas jurídicas (empresas, sociedades...) cuando el importe neto de la cifra de negocio (INCN) sea inferior a 1 millón de euros.
Bonificaciones / Reducciones
  • Tendrán una bonificación del 50% de la cuota correspondiente a los que inicien el ejercicio de cualquier actividad profesional, durante cinco años.
  • Bonificación del 50% por creación de empleo, para las empresas que incrementen en más de un 10% su personal con contrato indefinido; bonificación que será del 25% si este incremento fuese inferior al 10%.